
El Gobierno impulsa una reforma histórica en la gestión de derechos de autor: fin a los monopolios y mayor transparencia
El Decreto 138/25, firmado por el presidente Javier Milei, introduce cambios profundos en las sociedades de gestión colectiva (SGC), beneficiando directamente a autores, artistas y creadores.
El Gobierno nacional dio a conocer este jueves el Decreto 138/25, una medida que marca un hito en la regulación de las sociedades de gestión colectiva (SGC), entidades que representan a autores, artistas y creadores de diversas disciplinas. La normativa, rubricada por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Guillermo Francos y el ministro de Justicia Mariano Cúneo Libarona, fue elaborada en conjunto con el Ministerio de Justicia y la cartera de Desregulación y Transformación del Estado, entre otros organismos.
El objetivo central de la reforma es eliminar los monopolios en la administración de derechos de autor y fomentar la celebración de acuerdos directos entre creadores y usuarios. A partir de ahora, los autores serán los beneficiarios directos de sus obras, sin la necesidad de intermediarios que encarezcan o retrasen el proceso.
Los principales cambios introducidos por el decreto
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Libre elección para los titulares de derechos:
Los creadores podrán optar por asociarse a una o más SGC o gestionar sus derechos de manera individual. Las sociedades deberán acreditar su capacidad para administrar los derechos ante el Registro Nacional de Derecho de Autor, dependiente del Ministerio de Justicia. -
Límites a los gastos administrativos:
Las SGC no podrán destinar más del 30% de sus ingresos a gastos de administración. Además, no tendrán injerencia cuando los titulares decidan gestionar sus derechos de forma autónoma. -
Transparencia y plazos claros:
Las sociedades estarán obligadas a publicar anualmente sus balances, tarifas y la distribución de fondos. También se prohíbe retener fondos sin repartir: si en un plazo de cuatro meses no se identifica al titular de los derechos, los recursos se redistribuirán entre los demás representados. -
Adecuación estatutaria:
Las SGC tendrán un plazo de 180 días para adaptar sus estatutos a las nuevas normas.
Impacto en el sector
La reforma establece un régimen general para la creación de nuevas sociedades de gestión colectiva, eliminando el monopolio de las entidades existentes. Esto afecta directamente a organizaciones como AADI-CAPIF y SAGAI, que deberán ajustarse a los nuevos requisitos y permitir la competencia en el mercado.
Además, el Ministerio de Justicia será el encargado de fijar los topes máximos de los aranceles que las SGC podrán cobrar a los usuarios, en función del tipo de obra y su uso. Sin embargo, el monopolio de Argentores se mantendrá debido a una ley específica (Ley 20.115), aunque se permitirán acuerdos bilaterales para establecer tarifas entre autores y usuarios.
Un cambio histórico
Según el comunicado oficial, esta reforma pone fin al control estatal instaurado durante el régimen de facto del presidente Juan Carlos Onganía hace más de 50 años, un tema que no había sido abordado hasta la llegada de Milei al poder. Cabe recordar que en agosto de 2024, el gobierno ya había realizado modificaciones significativas en la normativa de propiedad intelectual con el Decreto 765/24, que redefinió el concepto de "ejecución pública" para eximir a ciertos espacios privados, como hoteles y salones de fiestas, del pago de derechos a SADAIC y otras SGC.
Reacciones y perspectivas
La medida ha generado un amplio debate en el sector cultural. Mientras algunos celebran la mayor autonomía para los creadores y la transparencia en la gestión de derechos, otros expresan preocupación por la posible fragmentación del sistema y los desafíos que enfrentarán las SGC para adaptarse a las nuevas reglas.
En definitiva, el Decreto 138/25 representa un cambio de paradigma en la administración de derechos de autor en Argentina, con el objetivo de empoderar a los creadores y fomentar un mercado más dinámico y competitivo.