
Parques Nacionales autorizó megayates de bandera británica en Bahía Lapataia pese al rechazo de sus técnicos
Tres embarcaciones y dos helicópteros fueron habilitados para operar en el Parque Nacional Tierra del Fuego entre el 12 y el 18 de noviembre. Un informe previo advirtió riesgos ambientales y cuestionó la legalidad de los vuelos.
La Administración de Parques Nacionales autorizó el fondeo de tres megayates y operaciones con dos helicópteros en Bahía Lapataia, dentro del Parque Nacional Tierra del Fuego, pese a que un informe elaborado por siete integrantes de sus propias áreas técnicas y operativas había recomendado rechazar la solicitud por posibles daños ambientales y restricciones legales.
La autorización fue firmada el 27 de octubre por Marcelo Almirón, intendente del área protegida, y contempla la permanencia de las embarcaciones Lonian, Hodor y Sherakhan entre el 12 y el 18 de noviembre de 2026. La solicitud había sido presentada por USHIP SRL–Ushuaia Shipping, agencia marítima que representa a los tres buques.
Según la documentación difundida por Agenda Malvinas y posteriormente analizada por Perfil, el permiso fue otorgado una semana después de que los especialistas del Parque Nacional emitieran un informe desfavorable, en el que cuestionaron tanto los efectos del fondeo sobre el ecosistema marino como la posibilidad de realizar traslados privados de pasajeros mediante helicópteros.
El documento técnico, fechado el 20 de octubre, concluyó expresamente que “NO RESULTA PROCEDENTE AUTORIZAR” las operaciones solicitadas. Sin embargo, la decisión posterior de la Intendencia habilitó la actividad bajo determinadas condiciones operativas, sin explicar en el permiso cómo se habían resuelto las objeciones ambientales y legales planteadas por sus profesionales.
Riesgos para el fondo marino y la fauna protegida
Uno de los principales cuestionamientos se relaciona con las dimensiones de las embarcaciones y las consecuencias que podría generar su permanencia en un ambiente natural protegido.
El Lonian tiene 87 metros de eslora, mientras que el Hodor, identificado como embarcación de apoyo, mide 67 metros. De acuerdo con publicaciones especializadas citadas en la investigación, ambos pertenecerían al empresario estadounidense Lorenzo Fertitta, expropietario de la organización de artes marciales mixtas UFC.
Los técnicos advirtieron que las anclas y cadenas utilizadas para mantener fondeados estos buques podrían provocar alteraciones en el fondo marino, especialmente cuando las embarcaciones giran por efecto del viento o las corrientes.
El informe señala que las cadenas de acero pueden “barrer y arar el lecho marino cada vez que el barco rota con el viento o las corrientes”, con posibles consecuencias sobre los bosques sumergidos de cachiyuyo, formados por algas que ofrecen refugio y espacios de reproducción para numerosas especies.
A estas observaciones se sumaron los riesgos asociados con la remoción de sedimentos, eventuales derrames de hidrocarburos, vertidos de efluentes y el ruido generado por los equipos de las embarcaciones.
También se advirtió sobre las perturbaciones que podrían provocar los helicópteros sobre la fauna del Parque Nacional, particularmente en especies como el huillín, el cauquén caranca y el quetro austral.
Los especialistas consideraron que las actividades solicitadas podrían desarrollarse en otros sectores, como la bahía de Ushuaia, fuera de los límites del área protegida.
Las objeciones legales a los vuelos en helicóptero
Otro aspecto central del informe técnico está vinculado con las restricciones establecidas para el sobrevuelo de aeronaves motorizadas dentro de los parques nacionales.
Los profesionales citaron el artículo 5, inciso l, de la Ley 22.351, que prohíbe este tipo de operaciones salvo determinadas excepciones previstas por la normativa.
De acuerdo con su interpretación, los traslados privados de pasajeros propuestos por Ushuaia Shipping no se encuentran comprendidos entre las actividades exceptuadas.
“Las operaciones aéreas propuestas por la empresa no se encuentran comprendidas, conforme a la información presentada, en ninguno de los supuestos de excepción previstos por la normativa”, señalaron los especialistas.
El hecho de que los helicópteros despeguen y aterricen desde plataformas ubicadas en las propias embarcaciones tampoco modificaría esa restricción, ya que los vuelos se desarrollarían dentro de la jurisdicción del Parque Nacional.
El informe también invocó el principio precautorio de la Ley General del Ambiente 25.675, que contempla la adopción de medidas preventivas frente a posibles daños ambientales.
Pese a estas observaciones, la autorización firmada por Almirón permite las operaciones solicitadas, sujetas al cumplimiento de condiciones vinculadas con la seguridad y la protección ambiental.
Entre ellas, establece que los vuelos deberán planificarse procurando minimizar el sobrevuelo de sectores terrestres, evitar áreas sensibles y respetar los corredores, alturas mínimas y zonas de exclusión que determinen las autoridades competentes.
Sin embargo, el permiso no precisa recorridos, frecuencias de vuelo ni una excepción legal específica que justifique los traslados cuestionados por los técnicos.
Dos embarcaciones registradas en un territorio británico
La autorización también generó cuestionamientos vinculados con la soberanía, debido al registro de dos de los megayates que participarían de la operación.
Según las fichas de VesselFinder consultadas por Agenda Malvinas, el Lonian y el Hodor navegan bajo bandera de Islas Caimán, un territorio británico de ultramar.
Esta condición no implica necesariamente que los buques pertenezcan a propietarios británicos. De hecho, distintas publicaciones especializadas identifican a Lorenzo Fertitta, empresario estadounidense, como propietario de ambas embarcaciones.
No obstante, el registro adquiere una dimensión política particular en Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, provincia que incluye en su jurisdicción a las Islas Malvinas y otros territorios del Atlántico Sur cuya soberanía es disputada entre Argentina y el Reino Unido.
En ese contexto, la presencia prevista de embarcaciones registradas en un territorio británico se incorpora a una discusión que combina la protección ambiental, las actividades turísticas y las cuestiones de soberanía.
Una autorización que contradice la recomendación técnica
La diferencia entre el informe del 20 de octubre y el permiso firmado una semana después constituye el punto central de la controversia.
Mientras los siete integrantes de las áreas técnicas y operativas consideraron improcedente autorizar las actividades por sus posibles consecuencias ambientales y las restricciones legales existentes, la Intendencia del Parque Nacional habilitó la operación solicitada por la empresa.
La documentación difundida no desarrolla los fundamentos que llevaron a apartarse de la recomendación de los especialistas ni explica cómo se resolverían las incompatibilidades señaladas para los vuelos.
La Asociación Manekenk, dedicada a la defensa del ambiente, también cuestionó la decisión. Su presidenta, Nancy Fernández, anticipó que solicitarán explicaciones a las autoridades del Parque Nacional sobre los fundamentos de la autorización y sus posibles consecuencias para el área protegida.
El caso plantea así interrogantes sobre los criterios utilizados para permitir operaciones privadas de gran escala dentro de un espacio natural protegido, especialmente cuando los propios profesionales del organismo habían recomendado no habilitarlas.
Fuentes de verificación: Agenda Malvinas, Perfil y la cobertura de las objeciones de la Asociación Manekenk.