
Condenan al Ministerio de Economía a informar sobre el acuerdo con el FMI en la era Milei
El Juzgado Federal de Dolores ordenó a la cartera de Caputo entregar en cinco días el expediente completo del préstamo de U$S 20.000 millones con el Fondo.
El Juzgado Federal de Dolores obligó al Ministerio de Economía, conducido por Luis Caputo, a entregar en un plazo de cinco días el expediente íntegro del DNU 179/2025, que autorizó un crédito de 20 mil millones de dólares con el Fondo Monetario Internacional. La medida responde a una acción de amparo presentada por el Centro de Acceso a la Información Pública (CAIP), junto con el CELS, y coloca al gobierno en el centro de la polémica por haber ocultado deliberadamente documentación clave.
La sentencia concluye que el Ministerio violó la Ley de Acceso a la Información Pública (27.275) y que intentó eludir su cumplimiento mediante maniobras administrativas. En primer lugar, tramitó el pedido bajo la ley correspondiente, incluso solicitó una prórroga para responder, pero finalmente lo desvió hacia un procedimiento burocrático y restrictivo. Ante esa conducta, el juez fue tajante: el Estado debe aplicar la ley que garantiza la transparencia democrática por encima de una normativa de origen dictatorial que regula los trámites administrativos.
La resolución reafirma la supremacía de la Ley 27.275, sancionada en democracia y con amplio consenso político. El fallo resalta que se trata de una norma especial y posterior, que prevalece sobre el régimen administrativo general. Además, advierte que la conducta del Ministerio vulnera el derecho ciudadano a conocer información que impacta directamente en la vida social y económica del país.
El DNU 179/2025, remarcan los demandantes, no explica las razones ni las condiciones del crédito contraído. En ese contexto, el juzgado recordó jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia que establece que la información pública “no pertenece al Estado, sino al pueblo de la Nación Argentina” y que el acceso a ella se rige por el principio de máxima divulgación. En consecuencia, cualquier persona puede solicitarla, sin necesidad de acreditar un interés especial ni sortear trabas burocráticas.
El fallo marca un precedente político y judicial: el Ministerio de Economía no puede mantener en secreto cómo se negoció un acuerdo con el Fondo Monetario Internacional de semejante magnitud. El Estado está obligado a rendir cuentas, y la información debe ser pública porque es de toda la sociedad.
Fuente: cels